Nuestros Servicios

Durante años hemos trabajado por y para cada uno de nuestros clientes, sabemos que ellos no solo buscan un trabajo bien hecho, sino también confianza y responsabilidad. Por ello nos esforzamos diariamente para entregarlo de la mejor manera.

Servicios

Asesorías

Financieras, contables, tributarias y teneduría de libros.

Declaraciones Tributarias

Retención en la fuente, de impuesto de industria y comercio.

Elaboración

De estados financieros, información exógena, planillas de salud y pensión.

Construcción

De rentas y complementarios, elaboración de nómina, liquidación de prestaciones sociales.

Jingle 1
ABContadores
Jingle 2
ABContadores

OUTSOURCING CONTABLE

Uno de los servicios más deseado por empresas de todo tipo y tamaño, debido a las ventajas que presenta, es el outsourcing de contabilidad; que ha ido abriendo un amplio mercado de clientes para los estudios contables y que permite cumplir sus expectativas de crecimiento. Pero, ¿cómo funciona y qué es?

Consiste en que las empresas contratan a terceros calificados, para que lleven y gestionen su contabilidad de manera eficiente, puntual y confidencial.

El servicio de outsourcing o tercerización comprende todas las actividades de la gestión contable, como la emisión y administración de los libros de contabilidad exigidos por la ley, la preparación de comprobantes y conciliaciones bancarias, los análisis de cuentas y la generación de estados financieros, incluso bajo los lineamientos establecidos por las NIIF.

La cantidad de servicios que ofrece una firma de outsourcing en contabilidad puede ser extensa, puesto que también pueden incluir tareas como la asesoría financiera, la elaboración de inventarios y arqueos de caja, la liquidación de cargas impositivas y diseño de planes fiscales, la gestión de nómina, etc. Es decir, cualquier servicio que esté relacionado a la contabilidad.

Por otra parte, el tamaño de los portafolios de servicios de estos negocios depende de su tamaño y grado de especialización en la ciencia contable y disciplinas relacionadas, dando la oportunidad de contratar lo que se requiere específicamente. Por ejemplo, hay casos donde las empresas solo necesitan liquidar la carga impositiva y presentar las respectivas declaraciones; y otros donde se pide que administren todo el proceso contable y generen los informes y estados financieros respectivos. Las firmas de outsourcing siempre tienen una solución a la medida de las necesidades específicas de cada cliente.

Para legalizar la prestación del servicio, el cliente y la compañía de outsourcing firman un contrato de servicios, el cual contiene varios anexos y cláusulas que describen con precisión el objeto, alcance, responsabilidades y obligaciones del convenio; así como también incluye un acuerdo de confidencialidad en el que el estudio contable o contador se compromete a guardar absoluta reserva sobre la información financiera y económica que va a manejar.

El outsourcing de contabilidad representa varias ventajas para las empresas que optan por contratarlo. Entre las más destacadas se encuentran:

• Posibilidad de concentrar los esfuerzos en la propia actividad de la organización.
• Reducción de costes operativos en infraestructura y salarios que implica tener un departamento contable dentro de la empresa.
• Acceso a un equipo de contadores, tributaritas y demás profesionales expertos, que garantizan la puntualidad y calidad del trabajo en todo momento.
• Minimización de los riesgos y contingencias tributarias, pues los outsourcing contables operan en base a planificaciones fiscales inteligentemente diseñadas.
• Información contable, financiera y gerencial precisa y oportuna, ideal para la toma de decisiones.
En términos generales, estas ventajas se traducen en mayor competitividad y eficiencia en el cumplimiento de las obligaciones contables y fiscales que tienen las empresas.

Además de las ventajas que representa, hay factores que influyen en la masificación del outsourcing contable:

• La creciente complejidad de los sistemas tributarios. Obliga a los contribuyentes a buscar asesoría especializada en determinadas épocas del año.
• El fenómeno de la globalización y la adopción de las NIIF. Requiere de especialistas en el tema, que dominen a la perfección la elaboración de estados financieros bajo estos principios, y que -ojalá- sean capaces de prepararlos en una segunda lengua. Tener un profesional de estas características en el equipo de trabajo puede resultar en costoso, especialmente para las pymes.

Título I
De la Profesión de contador publico

Articulo 1. Definición. Se entiende por Contador Público la persona natural que, mediante la inscripción que acredite su competencia profesional en los términos de la ley está facultado para dar fe pública de hechos propios del ámbito de su profesión, dictaminar sobre estados financieros y realizar las demás actividades relacionadas con la ciencia contable en general.

La relación de dependencia laboral inhabilita al contador para dar fe pública sobre actos que interesen a su empleador.

Esta inhabilidad no se aplica a los revisores fiscales ni a los contadores públicos que presten sus servicios a sociedades que no esté obligadas, por ley o por estatutos, a tener revisor fiscal.

 

Título II
De Las Responsabilidades Profesionales.

Artículo 2. Del ejercicio profesional de contador público.

Las responsabilidades profesionales del contador público son diversas y abarcan una amplia gama de funciones y actividades, se actúa con profesionalismo, integridad y competencia en el desempeño de sus funciones para garantizar la confianza del público en la información financiera y el cumplimiento de las leyes y regulaciones.

  1. Auditoría y aseguramiento: AB CONTADORES SAS pueden realizar auditorías externas e internas para evaluar la exactitud y la integridad de los estados financieros de una organización. Esto implica revisar los registros financieros, evaluar los controles internos y emitir informes sobre la fiabilidad de la información financiera.
  2. Contabilidad y elaboración de estados financieros: AB CONTADORES SAS es responsables de llevar registros contables precisos y preparar estados financieros de acuerdo con los principios contables generalmente aceptados (PCGA) o normas internacionales de información financiera (NIIF). Esto implica mantener registros de transacciones financieras, realizar conciliaciones bancarias, preparar estados de resultados, balances generales y otros informes financieros.
  3. Asesoramiento fiscal: AB CONTADORES SAS pueden proporcionar asesoramiento sobre cuestiones fiscales a individuos y empresas, incluyendo la planificación fiscal, la presentación de declaraciones de impuestos y la optimización de la carga fiscal de sus clientes.
  4. Consultoría financiera y gestión: AB CONTADORES SAS pueden ofrecer servicios de consultoría financiera a empresas y organizaciones, incluyendo la evaluación de proyectos de inversión, el análisis financiero, la gestión de riesgos, la planificación financiera y la asistencia en la toma de decisiones estratégicas.
  5. Cumplimiento regulatorio: AB CONTADORES SAS debe asegurarse de que sus clientes cumplan con todas las leyes y regulaciones financieras y fiscales aplicables. Esto implica mantenerse actualizados sobre los cambios en la legislación y asesorar a los clientes sobre cómo cumplir con sus obligaciones legales.

 

Título III
De los Principios Básicos.

Artículo 3. De los principios éticos. Es el conjunto de principios y normas éticas que guían la conducta profesional de los contadores en el ejercicio de sus funciones.

  1. Integridad. AB CONTADORES SAS debe ser honestos y transparentes en todas sus acciones y comunicaciones profesionales, evitar de cualquier forma el fraude, la malversación o comportamiento deshonesto.
  2. Autonomía. AB CONTADORES SAS deben mantener una actitud imparcial y objetiva en la realización de sus funciones profesionales, basando sus decisiones y recomendaciones en hechos y evidencias sólidas, evitando influencias indebidas.
  3. Responsabilidad. Se considera como un principio y valor ético que debe estar presente en cada una de las actuaciones de AB CONTADORES SAS, generando la confianza necesaria para sus usuarios y evidenciado el nivel de competencia requerida para el bien común de la profesión.
  4. Confidencialidad. AB CONTADORES SAS debe respetar la confidencialidad de la información obtenida en el ejercicio de sus funciones profesionales. No deben divulgar información confidencial sin el consentimiento explícito de los clientes o empleadores, a menos que estén obligados por ley.
  5. Observaciones de las disposiciones normativas. AB CONTADORES SAS debe acatar las recomendaciones recibidas siempre que estas sean compatibles con los principios éticos y demás normas que regulen la conducta y actuaciones aplicables a las circunstancias.
  6. Competencia y actualización profesional. AB CONTADORES SAS debe garantizar a sus clientes la cualificación de sus servicios a través de la permanente actualización de su conocimiento, ex profeso contratar trabajos para los cuales está capacitado y acredita su idoneidad, garantizando el cumplimiento de la labor con eficacia y eficiencia.
  7. Relaciones profesionales. AB CONTADORES SAS debe basar sus actuaciones frente a sus compañeros desde los valores del respeto, la sinceridad, la buena fe, la honestidad y la lealtad, necesarias para el buen ejercicio de la profesión.
  8. Comportamiento ético. AB CONTADORES SAS debe actuar de manera ética en todas las situaciones profesionales y personales. Debe evitar cualquier conflicto de intereses real o aparente y actuar en interés de sus clientes, empleadores y el interés público.
  9. Transferencia. Es obligación de AB CONTADORES SAS contribuir al desarrollo, superación y dignificación de la profesión a partir de las posibilidades personales. Abordar esta difusión desde la docencia o la que le sea más factible. Ergo, también puede dirigir instituciones de educación para la enseñanza de la profesión y regentar cátedras.
  10. Relación con el usuario. Se debe conservar la naturaleza y la direccionalidad de la relación de los usuarios desde los principios ético del presente código, mantener todas las partes informadas de sus compromisos y evitar conflictos de intereses.

 

Título IV
De Los Requisitos para ejercer la profesión de contador público.

Artículo 4. Requisitos para ejercer la profesión. Para ejercer la profesión se requiere acreditar su formación académica e idoneidad profesional, mediante la presentación del titulo respectivo y tarjeta profesional expedida por la junta central de contadores.

Artículo 5. De la Tarjeta profesional. Solo podrán obtener la tarjeta profesional de contador público, ejercer la profesión y usar el respectivo título, quienes:

  1. Ser nacional colombiano en ejercicio de los derechos civiles
  2. Haber obtenido el título de Contador Público en una universidad colombiana autorizada por el gobierno
  3. Extranjeros domiciliados en Colombia con no menos de tres (3) años de anterioridad a la respectiva solicitud de inscripción.
  4. Acreditar experiencia en actividades relacionadas con la ciencia contable en general no inferior a un (1) año y adquirida en forma simultánea con los estudios universitarios o posteriores a.

Artículo 6. Del ejercicio ilegal de la profesión de contador público.  El Contador Público no permitirá la utilización de su nombre para encubrir a personas que ilegalmente ejerzan la profesión.

Artículo 7. Campo de acción del contador público. AB CONTADORES SAS podrá ejercer su actividad de forma individual, integrando equipos o asociada en instituciones o privadamente.

 

Título V.
De los Derechos, Deberes, Obligaciones y prohibiciones del contador público.

Artículo 8. Derechos del contador público:

  1. Derecho a ejercer su profesión de manera independiente y objetiva.
  2. Derecho a recibir una compensación justa por los servicios profesionales prestados.
  3. Derecho a acceder a la información necesaria para realizar su trabajo de manera adecuada.
  4. Derecho a negarse a realizar actividades que vayan en contra de sus principios éticos y profesionales.

Artículo 9. Deberes y Obligaciones del contador público:

  1. Deber de actuar con honestidad, integridad y objetividad en el ejercicio de sus funciones profesionales.
  2. Deber de mantener la confidencialidad de la información obtenida en el curso de su trabajo.
  3. Deber de cumplir con las normas y regulaciones profesionales, así como las leyes y regulaciones aplicables.
  4. Deber de ejercer su profesión con competencia y diligencia, actualizándose continuamente en conocimientos y habilidades.
  5. Deber de actuar en interés de sus clientes, empleadores y el interés público.

Artículo 10. Prohibiciones del contador público:

  1. Prohibición de participar en actividades fraudulentas, engañosas o ilegales.
  2. Prohibición de divulgar información confidencial sin autorización.
  3. Prohibición de aceptar sobornos, regalos o favores que puedan comprometer su independencia o integridad profesional.
  4. Prohibición de participar en conflictos de interés sin revelarlos y gestionarlos adecuadamente.
  5. Prohibición de realizar prácticas profesionales que vayan en contra de los principios éticos y profesionales establecidos.

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